EL CONSEJO DE EUROPA HA ESTABLECIDO QUE LAS VACUNAS COVID-19 NO SON OBLIGATORIAS, NO SE PUEDE DISCRIMINAR A LOS QUE SE NIEGUEN A VACUNARSE Y LOS CERTIFICADOS DE VACUNACIÓN TIENEN QUE SER USADOS SOLO PARA ANALIZAR LA EFICACIA DE LAS VACUNAS.


Se acaba de publicar la Resolución 2361 del 27 de enero 2021 llamada “Vacunas Covid-19: consideraciones éticas, legales y prácticas” de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa ( aquí en pdf) en la que se ha hablado sobre una serie de cuestiones relacionadas con el desarrollo, distribución y la bioética de las vacunas Covid-19 en Europa y algunos puntos son buenas noticias.

Y debemos sentirnos orgullosos porque que hayan tenido que salir a esclarecer todo este tema turbio de la obligatoriedad de las vacunas demuestra que el trabajo que hemos estado haciendo de contrainformación plandémica, durante casi 11 meses, y contra las vacunas Covid-19, ha dado sus frutos y la burocracia europea ha tenido que justificarse.

Aunque todo esto es posible que sea una manera de aparentar transparencia, independencia y buen hacer desde los estamentos europeos, y engañarnos usando un buen rollismo burocrático de cara a la galería, si que nos sirve para ganar algo más de tiempo y seguir prepararnos con más empeño para los posibles futuros embistes de la dictadura globalista que se está gestando en el mundo.

Los puntos más importantes que determina la Resolución y que podemos usar a nuestro favor si se establece algun incumplimiento son:

  • El punto 7.1.1 “garantizar ensayos de alta calidad que sean sólidos y se realicen de manera ética de acuerdo con las disposiciones pertinentes del Convenio sobre derechos humanos y biomedicina (ETS Nº 164, Convenio de Oviedo) y su Protocolo Adicional sobre Investigación Biomédica (ETS Nº 195).”

  • El punto 7.1.2 “asegurar que los órganos reguladores a cargo de evaluar y autorizar las vacunas contra el Covid-19 son independientes y protegidos de presión políticas”.

  • El punto 7.1.3 “garantizar el cumplimiento de los estándares mínimos y relevantes de seguridad, eficacia y calidad de las vacunas”.

  • El punto 7.1.6 “prestar especial atención a la posible utilización de información privilegiada por parte de ejecutivos farmacéuticos o empresas farmacéuticas para enriquecerse indebidamente gracias al gasto público, aplicando las recomendaciones contenidas en la Resolución 2071 (2015) sobre la salud pública y los intereses de la industria farmacéutica”.

  • El punto 7.3.1 “garantizar que se informe a los ciudadanos de que la vacunación NO es obligatoria y que nadie está presionado política, social o de otro modo para vacunarse, si no desean hacerlo ellos mismos.”

  • El punto 7.3.2 “garantizar que nadie sea discriminado por no haber sido vacunado, debido a posibles riesgos para la salud, o no querer ser vacunado.”

  • El punto 7.3.4 “distribuir información transparente sobre la seguridad y los posibles efectos adversos de las vacunas.”

  • El punto 7.3.5 “comunicar de forma transparente el contenido de los contratos con los productores de vacunas y ponerlos a disposición del público para su control parlamentario y público.”

  • El Punto 7.4.1 “garantizar el equilibrio entre el rápido desarrollo de la vacunación para los niños y abordar debidamente los problemas de seguridad y eficacia y garantizar la seguridad y la eficacia completas de todas las vacunas puestas a disposición de los niños, haciendo hincapié en el interés superior del niño, de conformidad con la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño”.

  • El punto 7.5.2 “utilizar los certificados de vacunación únicamente para el propósito designado de controlar la eficacia de la vacuna, los posibles efectos secundarios y eventos adversos.”

  • El punto 7.5.5 “apoyar el campo emergente de la investigación adversómica que estudia las variaciones interindividuales en las respuestas a las vacunas en función de las diferencias en la inmunidad innata, los microbiomas y la inmunogenética.”

    Pero también hay recalcar que ellos van estar muy pendientes de la información “disidente” y diferente de la oficial con respecto a las vacunas y sus efectos, incluyendo el monitoreo de las redes sociales y van a difundir info que haga que la gente confíe en la vacunas y las acepte (puntos 7.3.3 y 7.3.4)

A continuación dejo la traducción completa de la Resolución:



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Vacunas Covid-19: consideraciones éticas, legales y prácticas

Resolución 2361 (2021) – Versión provisional

Autores: Asamblea Parlamentaria

Origen: Debate de la Asamblea del 27 de enero de 2021 (5ª sesión) (véase el Doc. 15212, informe de la Comisión de Asuntos Sociales, Salud y Desarrollo Sostenible, ponente: Sra Jennifer de Temmerman). Texto aprobado por la Asamblea el 27 de enero de 2021 (5ª sesión).

1. La pandemia de Covid-19, una enfermedad infecciosa causada por el nuevo coronavirus SARS-CoV-2, ha causado mucho sufrimiento en 2020. En diciembre se habían registrado más de 65 millones de casos en todo el mundo y se habían perdido más de 1,5 millones de vidas. La carga de morbilidad de la propia pandemia, así como las medidas de salud pública necesarias para combatirla, han devastado la economía mundial, poniendo al descubierto fallas y desigualdades preexistentes (incluido el acceso a la atención de salud) y causando desempleo, declive económico y pobreza.

2.El rápido despliegue mundial de vacunas seguras y eficientes contra el Covid-19 será esencial para contener la pandemia, proteger los sistemas de atención sanitaria, salvar vidas y ayudar a restaurar las economías mundiales. Aunque las intervenciones no farmacéuticas como el distanciamiento físico, el uso de mascarillas, el lavado frecuente de manos, así como las cierres y confinamientos, han ayudado a frenar la propagación del virus, las tasas de infección ahora están aumentando de nuevo en la mayor parte del mundo. Muchos Estados miembros del Consejo de Europa están experimentando una segunda ola que es peor que la primera, mientras que sus poblaciones experimentan cada vez más “fatiga pandémica” y se sienten desmotivados para seguir los comportamientos recomendados para protegerse a sí mismos y a los demás del virus.

3.Sin embargo, incluso las vacunas desallorradas rápidamente, seguras y eficaces, no son una panacea inmediata. Después de la temporada de fiestas a finales del año 2020 y principios de 2021, con sus tradicionales reuniones bajo techo, las tasas de infección probablemente serán muy altas en la mayoría de los Estados miembros. Además, los médicos franceses acaban de establecer científicamente una correlación entre las temperaturas exteriores y la tasa de incidencia de enfermedades en hospitalizaciones y muertes. Sin duda, las vacunas no serán suficientes para reducir significativamente las tasas de infección este invierno, en particular si se tiene en cuenta que la demanda supera con creces la oferta en este momento. Por lo tanto, una apariencia de «vida normal» no podrá reanudarse incluso en las mejores circunstancias hasta mediados o finales de 2021 como muy pronto.

4.Para que las vacunas sean eficaces, es crucial un desarrollo con éxito y una asimilación suficiente. Sin embargo, la velocidad a la que se desarrollan las vacunas puede plantear un desafío difícil de combatir para generar confianza en ellas. También se necesita un despliegue equitativo de las vacunas Covid-19 para garantizar la eficacia de la vacuna. Si la distribución no su suficientemente amplia en una zona gravemente afectada de un país, las vacunas se vuelven ineficaces para detener la marea de la pandemia. Además, el virus no conoce fronteras y, por lo tanto, es de interés para todos los países cooperar para garantizar la equidad mundial en el acceso a las vacunas Covid-19. La vacilación y el nacionalismo ante las vacunas tienen la capacidad de descarrilar el, por ahora, esfuerzo sorprendentemente rápido y exitoso de la vacuna Covid-19, al permitir que el virus SARS-CoV-2 mute y, por lo tanto, mitige el instrumento más eficaz del mundo contra la pandemia hasta el momento.

5.Por lo tanto, la cooperación internacional es necesaria ahora más que nunca para acelerar el desarrollo, la fabricación y la distribución justa y equitativa de las vacunas Covid-19. El Plan de Asignación de Vacunas Covid-19, también conocido como COVAX, es la iniciativa líder para la asignación mundial de vacunas. Coordinada por la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Alianza de las Vacunas (GAVI) y la Coalición para las Innovaciones de Preparación Epidémicas (CEPI) *(Coalition for Epidemic Preparedness Innovations), la iniciativa recibe financiación de los países suscriptores para apoyar la investigación, el desarrollo y la fabricación de una amplia gama de vacunas Covid-19 y negociar sus precios. También se necesitará una gestión adecuada de las vacunas y una logística de la cadena de suministro, las cuales requieren la cooperación y los preparativos internacionales de los Estados miembros, a fin de administrar las vacunas contra el virus de manera segura y equitativa. A este respecto, la Asamblea Parlamentaria señala a la atención las orientaciones para los países sobre la preparación de los programas, la implementación y la adopción de decisiones a nivel de los países desarrolladas por la OMS.

6.Los Estados miembros ya deben preparar sus estrategias de inmunización para asignar dosis de manera ética y equitativa, incluida la decisión de qué grupos de población priorizar en las fases iniciales cuando el suministro es corto, y cómo ampliar la vacunación a medida que mejore la disponibilidad de una o más vacunas Covid-19. Los expertos en bioética y los economistas coinciden en gran medida en que las personas mayores de 65 años y las personas menores de 65 años con afecciones de salud subyacentes que las ponen en mayor riesgo de enfermedad grave y muerte, los trabajadores de la salud (especialmente aquellos que trabajan estrechamente con personas que están en grupos de alto riesgo) y las personas que trabajan en infraestructuras esenciales y críticas, deben de recibir un acceso prioritario a la vacunación. No se debe olvidar a los niños, a las mujeres embarazadas y a las madres lactantes, para quienes hasta ahora no se ha autorizado ninguna vacuna.

7.Los científicos han hecho un trabajo notable en un tiempo récord. Ahora corresponde a los gobiernos actuar. La Asamblea apoya la visión del Secretario General de las Naciones Unidas de que una vacuna Covid-19 debe ser un bien público mundial. La inmunización debe estar disponible para todos, en todas partes. Por consiguiente, la Asamblea insta a los Estados miembros y a la Unión Europea a que:

7.1 con respecto al desarrollo de las vacunas Covid-19:

7.1.1. garantizar ensayos de alta calidad que sean sólidos y se realicen de manera ética de acuerdo con las disposiciones pertinentes del Convenio sobre derechos humanos y biomedicina (ETS Nº 164, Convenio de Oviedo) y su Protocolo Adicional sobre Investigación Biomédica (ETS Nº 195), y que incluyan progresivamente a niños, mujeres embarazadas y madres lactantes;

7.1.2 asegurar que los organos reguladores a cargo de evaluar y autorizar las vacunas contra el Covid-19 son independientes y protegidos de presión políticas;

7.1.3 garantizar el cumplimiento de los estándares mínimos y relevantes de seguridad, eficacia y calidad de las vacunas;

7.1.4 implementar sistemas efectivos para monitorear las vacunas y su seguridad conforme se expandan por la población general;

7.1.5 crear programas independientes de compensación de vacunas para asegurar la compensación de daños y perjuicios indebidos a causa de la vacunación;

7.1.6 prestar especial atención a la posible utilización de información privilegiada por parte de ejecutivos farmacéuticos o empresas farmacéuticas para enriquecerse indebidamente gracias al gasto público, aplicando las recomendaciones contenidas en la Resolución 2071 (2015) sobre la salud pública y los intereses de la industria farmacéutica: ¿cómo garantizar la prioridad de los intereses de salud pública?

7.1.7. superar las barreras y restricciones derivadas de las patentes y los derechos de propiedad intelectual, a fin de garantizar la producción y distribución generalizadas de vacunas en todos los países y a todos los ciudadanos;

7.2 con respecto a la asignación de las vacunas Covid-19:

7.2.1 garantizar el respeto del principio de acceso equitativo a la atención sanitaria establecido en el artículo 3 del Convenio de Oviedo en los planes nacionales de asignación de vacunas, garantizando que las vacunas Covid-19 estén disponibles para la población independientemente de su sexo, raza, religión, condición jurídica o socioeconómica, capacidad de pago, ubicación y otros factores que a menudo contribuyen a inequidades entre la población;

7.2.2 desarrollar estrategias para la distribución equitativa de las vacunas Covid-19 dentro de los Estados Miembros, teniendo en cuenta que el suministro será inicialmente bajo, y prepararse para ampliar los programas de vacunación cuando el suministro se amplíe; seguir el consejo de los comités e instituciones independientes de bioética tanto nacionales, europeos e internacionales, así como de la OMS, en el desarrollo de estas estrategias;

7.2.3 garantizar que las personas pertenecientes a los mismos grupos prioritarios reciban un trato equitativo, prestando especial atención a las personas más vulnerables, como las personas mayores, las personas con condiciones subyacentes y los trabajadores sanitarios, especialmente aquellos que trabajan estrechamente con personas que pertenecen a grupos de alto riesgo, así como las personas que trabajan en infraestructuras esenciales y en servicios públicos, en particular en servicios sociales, transporte público, en la aplicación de la ley, las escuelas, asi como aquellos que trabajan como minoristas;

7.2.4 promover la equidad en el acceso a las vacunas Covid-19 entre países apoyando esfuerzos internacionales como el Acelerador de Herramientas de Acceso a Covid-19 (ACT Accelerator) (*Access to Covid-19 Tools Accelerator) y su Centro COVAX;

7.2.5 abstenerse de hacer acopio de vacunas Covid-19 que socaven la capacidad de otros países para adquirir vacunas para sus poblaciones, garantizar que el aprovisionamiento no se traduzca en un aumento de los precios de las vacunas de quienes las almacenan hacia quienes no pueden, llevar a cabo auditorías y la diligencia debida para garantizar una rápida distribución de las vacunas a un costo mínimo;

7.2.6 garantizar que todos los países puedan vacunar a sus trabajadores sanitarios y a los grupos vulnerables antes de que la vacunación se extienda a los grupos que no son de riesgo, y así considerar la posibilidad de donar dosis de vacuna o aceptar que se dé prioridad a los países que aún no lo hayan podido hacer, teniendo en cuenta que;

7.2.7 garantizar que las vacunas Covid-19, cuya seguridad y eficacia se haya demostrado, sean accesibles a todos los que las requieran en el futuro, recurriendo, en su caso, a licencias obligatorias a cambio del pago de regalías o royalties;

7.3 con respecto a garantizar una elevada aceptación de las vacunas:

7.3.1 garantizar que se informe a los ciudadanos de que la vacunación NO es obligatoria y que nadie está presionado política, social o de otro modo para vacunarse, si no desean hacerlo ellos mismos;

7.3.2 garantizar que nadie sea discriminado por no haber sido vacunado, debido a posibles riesgos para la salud, o no querer ser vacunado;

7.3.3 tomar medidas eficaces tempranas para contrarrestar la información falsa, la desinformación y la vacilación con respecto a las vacunas Covid-19;

7.3.4 distribuir información transparente sobre la seguridad y los posibles efectos adversos de las vacunas, trabajando y regulando las plataformas de redes sociales para evitar la propagación de información errónea;

7.3.5 comunicar de forma transparente el contenido de los contratos con los productores de vacunas y ponerlos a disposición del público para su control parlamentario y público;

7.3.6 colaborar con organizaciones no gubernamentales y/u otros esfuerzos locales para llegar a los grupos marginados;

7.3.7 Colaborar con las comunidades locales en el desarrollo e implementación de estrategias adaptadas para apoyar la aceptación de las vacunas;

7.4 con respecto a la vacunación con Covid-19 para niños:

7.4.1 garantizar el equilibrio entre el rápido desarrollo de la vacunación para los niños y abordar debidamente los problemas de seguridad y eficacia y garantizar la seguridad y la eficacia completas de todas las vacunas puestas a disposición de los niños, haciendo hincapié en el interés superior del niño, de conformidad con la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño;

7.4.2 garantizar ensayos de alta calidad, con el debido cuidado de las salvaguardas pertinentes, de conformidad con las normas y orientaciones jurídicas internacionales, incluida una difusión transparente de los beneficios y riesgos en los niños estudiados;

7.4.3 garantizar que los deseos de los niños se tengan debidamente en cuenta, de acuerdo con su edad y madurez; cuando no pueda darse el consentimiento del niño, garantizar que el acuerdo se proporcione en otras formas y que se base en información fiable y adecuada para la edad;

7.4.4 apoyar a UNICEF en sus esfuerzos por suministrar vacunas procedente de los fabricantes que tienen acuerdos con el Centro COVAX, a quienes más las necesitan;

7.5 con respecto a garantizar el seguimiento de los efectos a largo plazo de las vacunas COVID-19 y su seguridad:

7.5.1 garantizar la cooperación internacional para la detección y aclaración oportunas de cualquier señal de seguridad mediante el intercambio mundial de datos en tiempo real sobre efectos adversos tras la inmunización (AEFIs);

7.5.2 utilizar los certificados de vacunación únicamente para el propósito designado de controlar la eficacia de la vacuna, los posibles efectos secundarios y eventos adversos;

7.5.3 eliminar las lagunas de comunicación entre las autoridades locales, regionales e internacionales de salud pública que manejan los datos AEFI y superar las deficiencias en las redes de datos sanitarios existentes;

7.5.4 acercar más la farmacovigilancia a los sistemas sanitarios;

7.5.5 apoyar el campo emergente de la investigación adversómica que estudia las variaciones interindividuales en las respuestas a las vacunas en función de las diferencias en la inmunidad innata, los microbiomas y la inmunogenética.

8 En relación con la Resolución 2337 (2020) sobre “Democracias que enfrentan la pandemia de Covid-19 (*Democracies facing the Covid-19 pandemic) la Asamblea reafirma que, como instituciones fundamentales de la democracia, los parlamentos deben seguir desempeñando su triple función de representación, legislación y supervisión en circunstancias pandémicas. Por consiguiente, la Asamblea pide a los parlamentos que ejerzan estas competencias, según proceda, también en relación con el desarrollo, la asignación y la distribución de las vacunas Covid-19.

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INFORMACIÓN PARA NUESTRA LIBERACIÓN (III) – «DICTAMEN SOBRE VACUNACIÓN OBLIGATORIA EN ESPAÑA» REALIZADO POR EL ABOGADO JOSÉ ORTEGA (2ª VERSIÓN – OCTUBRE 2020) – COMPENDIO DE LEGISLACIÓN NACIONAL SOBRE SEGURIDAD DE MEDICAMENTOS, PRODUCTOS SANITARIOS Y ENSAYOS CLINÍCOS Y OTRAS NORMATIVAS DE DEFENSA DEL INDIVIDUO FRENTE A IMPOSICIONES SANITARIAS – LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA, LOS DERECHOS HUMANOS, LOS CONVENIOS DE BIOÉTICA Y LOS TRATADOS INTERNACIONALES NOS PROTEGEN CONTRA LA VACUNA DEL COVID-19.

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El abogado José Ortega lleva trabajando muy duro dando info y recursos legales, desde que empezó todo este show de la p(l)anemia, y acaba de publicar y liberar un documento (registrado bajo propiedad intelectual) que tiene un gran valor para todo aquel que quiera negarse a la futura y peligrosa vacuna contra el falso bicho.


Este documento protegido se encuentra en una publicación reciente de su página web Coronavirus Legal desde dónde podéis encontrar un enlace para su descarga.

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En el documento se hace una exposición según los datos, no solo de la poca necesidad, a día de hoy, de una vacuna contra el Sars-CoV-2 sino que también expone que el virus no ha sido aislado (y por tanto duda de su existencia real).

Pero lo que es más importante, es que Ortega nos otorga muchas de las normas y leyes que tenemos a nuestra disposición, a nivel nacional e internacional, para luchar contra la posible imposición de la vacunación obligatoria en España.

También expone como, a raíz de la poca información que hay sobre la compra de la vacuna de la Universidad de Oxford, en colaboración con la compañia biotecnológica Astrazeneca, por parte del Gobierno de España (que ha comprado 31 millones de dosis, como ya hablé en un post anterior del blog) se está incumpliendo, con ese «oscurantismo», la normativa sobre transparencia, y seguridad, en temas de compra de productos sanitarios.

Esta vacuna experimental, tan novedosa como peligrosa, es de ARN mensajero y la cual a tenor de las noticias recientes de los efectos adversos ocasionados durante sus pruebas clínicas, y bajo la legislación actual, que en el texto se mencionan, no otorga ninguna garantía de que se cumplan los requisitos legales y de seguridad. Y por tanto el Estado español estaría incurriendo en una irresponsabilidad enorme el intentar imponer de forma masiva dicho compuesto sobre la población del país. Eso quitando las repercusiones legales que tendría tanto la administración en general como los agentes e impulsores de dichas medidas y normas.

Lo mejor, a mi entender, es algo que ya mencioné hace unos meses en mi blog sobre la protección legal que tenemos, en cuanto a nuestro derecho decidir el no vacunarnos, gracias al Convenio relativo a los derechos humanos y la Biomedicina (Oviedo, 1997) – ratificado en el BOE de 1999-, y el Convenio de los Derechos Humanos y Bioética de la UNESO (París, 2005).


Por otro lado, y esto es lo mejor, como ya hablamos entonces, es la garantía legal que tenemos para sentirnos protegidos ( si tenemos conocimiento de ello, claro está), tanto en la Constitución como en la jerarquía legal que establece que toda norma nacional queda supeditada a la normas internacionales y tratados firmados y ratificados por España – incluyendo la de derechos humanos; y sin que aquellas contradigan a estas y sin que el derecho interno de un país justifique el incumplimiento de un tratado internacional en e que se haya incluido España.

Una gozada de lectura en 27 páginas que nos hacen más soberanos y libres y nos dan un ARMA en toda regla contra la vacunación obligatoria que es más que probable que España intente establecer más tarde o más temprano, (sino por el supuesto derecho si mediante el miedo, la confianza ciega en los estamentos médicos de la población o directamente por la coacción).

De nuevo dar muchísimas gracias a Ortega por este gran trabajo que nos ha dado de forma libre y gratuita y que deberíais descargar, imprimir y difundir por todos lados (dando el crédito debido a su autor).

El futuro de vuestra salud pueda que dependa de ello. Y quien no sea consciente de ello, covidiota es.

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INFORMACIÓN PARA NUESTRA LIBERACIÓN (I). CONOCIENDO LA LEY NATURAL Y LA LEY DEL COMERCIO- DOCUMENTOS LEGALES PARA LOS QUE SE SABEN QUE SON SERES NATURALES SOBERANOS Y QUIERAN PROTEGERSE LEGALMENTE ANTE LOS POSIBLES EFECTOS ADVERSOS DE LA VACUNACIÓN/MEDICACIÓN O BIEN PARA RENUNCIAR A LA VACUNACIÓN/MEDICACIÓN.

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Agunas de las últimas noticias que nos llegan sobre las repercusiones de la «epidemia» del Coronavirus se nos dice que se están barajando medidas RESTRICTIVAS SOCIALES más allá del «SHOCK» de la Cuarentena incluyendo por ejemplo, como se está barajando en Alemania un «pasaporte inmunológico» (!) o incluso la posible VACUNACIÓN/MEDICACIÓN OBLIGATORIA . Por eso es necesario que empecemos a APRENDER como podemos desembarazarnos de todo esas IMPOSICIONES que parecen nos van a caer encima en el futuro. La frase dice «si quieres vencer a tu enemigo, únete a el» pero en este caso la frase sería «si quieres vencer a tu enemigo, conoce su fundamento…su fundamento LEGAL para usarlo para tu propio beneficio…ya que al conocer al enemigo y sus ARTIMAÑAS, TE CONOCERÁS A TI MISM@….Y EL PODER QUE TIENES.

01

Este post es para aquellos que estén ya planteándose, como lo estamos muchos ya, ir más allá del Sistema, perder el MIEDO a ACTUAR Y RESISTIR y con ello reencontrarse con la SOBERANIA PROPIA ya que están empezando a saber que la ÚNICA Y VERDADERA AUTORIDAD ES LA PROPIA (mientras no se IMPONGA a los demás ni se les haga daño, claro).

Esto es, saber que la ley que nos rige es la LEY NATURAL, de la VIDA, la del SER, del ESPIRITÚ; la de la ESENCIA REAL HUMANA, VERDADERAMENTE HUMANA. Y por tanto saben ya que la ley que rige este MUNDO es un FRAUDE, pura MAGIA NEGRA usada por el CABAL, que se fundamenteaen la LEY del COMERCIO, también conocida como la LEY del MAR o del ALMIRANTAZGO; BASE de este Sistema. TODA LA ECONOMÍA, el DERECHO y las LEYES proceden de esta Ley Marítima.

02. No eres tu dni

Podéis ver el canal de Jorge Guerra como empezó todo esto, CON BULAS PAPALES (!), y expone muchísimo de la historia de esta ley en varios de sus vídeos.

Esta ley de los Mares, de los océanos (ya hablaré en otra ocasión su relación con el Arbol de la Cábala) fue CREADA por los hombres para regir a las embarcaciones, mientras navegaban, y se las consideraba así como CORPORACIONES, como «EMPRESAS», para regular sus interacciones/intercambios COMERCIALES yendo de un lado a otro por los mares. esas «relaciones comerciales se REGÍAN mediante CONTRATOS. Y esa ley marítima se IMPUSO en TIERRA. Así que todo en este mundo, basado en las leyes, se basa realmente en esos CONTRATOS, «ACUERDOS» entre dos partes VINCULANTES; entre dos entidades iguales pero artificiales que supone ser un DEUDOR y un ACREEDOR; uno pone unas CONDICIONES y otro las ACATA. Pura JERARQUÍA. PURO JUEGO MAQUIAVÉLICO.

04 entidad corporativa
Y ahí está el quid. NOSOTROS COMO SERES NATURALES NO PODEMOS HACER DIRECTAMENTE ESOS CONTRATOS. NO DE FORMA NATURAL. Tiene que ser comon elementos, «seres» ARTIFICIALES. Y el Sistema siempre lo ha sabido.

¿Entonces que hizo? CREARNOS UNA IDENTIDAD FALSA; UN DOBLE» DE TI MISMO, EL «STRAWMAN» U HOMBRE DE PAJA. Esa suplantador usado por el Sistema es el NOMBRE LEGAL que se conforma por tu nombre de pila y tus apellidos en MAYUSCULAS. Es el llamado «el MUERTO», porque NO VIVE, no respira, no siente, y puede ser usado, vilipendiado y maltratado e incluso aniquilado sin repercusión moral, e incluso espiritual. El perfecto «THE WALKING DEAD»…. Vais pillando el juego?

03 leyes internacionales comercio

Por tanto, el Sistema, solo puede empezar y mantener esa relación «comercial» creando ese SUPLANTADOR LEGAL-CORPORATIVO de ti mismo, una «empresa»a pequeña escala que tiene un VALOR comercial; algo no natural. Esa «persona», que asumimos como nuestra pero no lo es (porque el SER no se construye, el SER es de por si mismo, sin que ninguna autoridad ajena a él mismo lo determine o limite), se crea en el momento que nuestros padres sacan nuestros CERTIFICADOS de NACIMIENTO y este certificado es como un «SEGURO» o GARANTÍA para el Sistema.

Esa»persona» corporativa es INDISPENSABLE para el Sistema para poder dominarte, controlarte, otorgarte derechos y deberes y para que te creas que estas sometido por la LEGALIDAD del COMERCIO. Es una manera de que nuestra SOBERANÍA propia e individual e intransferible pase, con ese truco de magia legal, a ellos, y así nosotros pensemos que no tenemos ningún poder fuera de las leyes. PERO SI LO TENEMOS.

Y por eso es crucial, en estos momentos de transición, el empezar a REIVINDICAR nuestra SOBERANIA para luchar, y EMANCIPARSE, contra esta DICTADURA TOTALITARIA que ha empezado a gestarse con la excusa de la «epidemia» del Coronavirus. Ya sea usando la ley del Comercio a nuestro favor, o, llegado al caso desvincularse totalmente del nombre legal con todas sus consecuencias, porque el Sistema se convierta, conforme se vaya gestando nuevas etapas del NUEVO ORDEN MUNDIAL, en una estructura DICTATORIAL gigantesca. Tu decides. La LIBERTAD tiene un precio.

Pero de momento podemos «jugar» con la Ley del Comercio a nuestro favor y para ello, debemos conocer DESDE YA como funciona el Sistema legal y como usa NUESTRO DESCONOCIMIENTO e IGNORANCIA, sibilinamente para manipularnos y controlarnos porque REALMENTE NO TIENE NINGÚN PODER. Cuanto más sepas de como funciona el Sistema, desde su BASE MÁS PRIMORDIAL, más sabrás que es TODO HUMO y podrás empezar a bordearlo, zafarte de el, someterlo incluso, a tu voluntad soberana. Y con el tiempo empezar a desarrollar una VIDA MÁS LIBRE, NATURAL Y SOBERANA. Y SIN MIEDO A VIVIR.

Quien no lo haga, que lo tenga claro desde ya: seguramente será absorbido por este Sistema y será convertido en un ESCLAVO aún más controlado porque YA se está quitando la careta. Tendrás una serie de DERECHOS para seguir viviendo la vida «civilizada» que supuestamente deseas, o te han programado para que desees, y estarás «PROTEGIDO» pero el PRECIO será DESCOMUNALMENTE ALTO. Si firmas el CONTRATO antes LEE toda la letra pequeña y las consecuencias de tu decisión.

SI quieres empezar a descubrir la SOBERANIA puedes empezar con viendo la serie de vídeos que ha realizado Chemtrails La Rioja sobre el tema, el canal de Juank Hombre Libre  y si ponéis en los buscadores de la red, «Ley Natural», «Ley Almirantazgo», «Hombre Libre Soberano» o «Fraude del Nombre legal» , «Código Internacional de Comercio» o «UCC» podréis encontrar seguramente más info en español.

Os dejo también unos enlaces a dropbox para descargar 3 tipos de documentos (están en las imágenes adjuntas de cada tipo de documento). Son ejemplos, así que pueden ser redactados como vosotros queráis siempre que sepáis hacerlo bien. Por eso es fundamental formarse en esto, también para saber que responder a determinadas preguntas (si es que queréis responder: soberanamente si no queréis no lo hagáis). Así que cuanto más información poseáis para redactarlo, y más detallado esté sin cabos sueltos, mejor será (ya sabéis que la legalidad y el Derecho se basan en el lenguaje, su uso, bueno o malo, y como este puede interpretarse sobretodo para manipular a los ignorantes en la materia).

El primero (a descargar aquí por dropbox) es el documento que preparó un compañero de facebook llamado David Lucapast, para ser firmado por el gerente del centro sanitario dónde os vais a medicar o vacunar. Sirve como»garantía», para que en el caso de que cualquier tipo de medicamento/vacunación introducida en tu cuerpo te genere efectos adversos y negativos, no deseados, puedas tomar las medidas legales pertinentes. Este documento puede usarse también como DISUASORIO en el caso de que no queráis medicamento ni vacunación. Porque recordad, es MUY PROBABLE que el centro sanitario NO TENGA GARANTÍAS y no puedes asegurar al 100% que esas sustancias sean INOCUAS. He añadido, como le comenté a David en su momento, el espacio para que el gerente del centro sanitario pueda firmar también el documento.

005 decl jurada david lucasEl 2º y 3er documento, proceden de este video del canal Chemtrails la Rioja llamado «Escrito soberano para las vacunas si te quieres y si no te quieres vacunar»:

 


Concretamente el segundo (a descargar aquí) es una DECLARACIÓN JURADA BAJO PENA DE PERJURIO el que se puede usar en el que caso de que decidas vacunar a tus hijos, (o a uno mismo si cambias el tipo de datos en la parte superior), medicarse/los o incluso para que te/les hagan cualquier test para saber si eres/son inmune/s al Coronavirus o lo que sea (se cambia el asunto y ya está). Importante, como el anterior documento, que tiene que ser firmado tanto ti mismo como por el sanitario y con ello el sanitario SE COMPROMETE a que será sometido a RECLAMO/DENUNCIA por los posibles DAÑOS Y PERJUICIOS ocasionados por la vacuna/medicamento introducido.

Declaracion Jurada de Perjuicio y no vacunación

El tercer documento (a descargar aquí) no es un CONTRATO en si, y es una manera de reforzar tu NEGATIVA SOBERANA a NO ser VACUNADO/MEDICADO gracias a la LEGALIDAD (es decir usar el mismo Sistema con lo que tiene a nivel del Derecho internacional y nacional para proteger los derechos humanos) . Es una lista de algunos puntos de leyes sobre BIOÉTICA y derechos humanos. O te los aprendes o llevas el documento para enseñárselo a quien corresponda en el caso de quese te intenté forzar, presionar a ser medicado/vacunado. Este documento como los otros, puede ser enriquecido o modificado como queráis. Así que cuanta más información legal recojamos y recopilemos entre todos más protegidos estaremos contra la DICTADURA CIENTIFICO-MÉDICO del Sistema.

Bioetica 01

Bioetica02

Es importante tener en cuenta a la hora de reivindicar nuestros derechos como seres humanos, los conceptos legales de BIOÉTICA.  Sobre este tema es importante tener en cuenta, a la hora de tener un refuerzo contra cualquier imposición sanitaria o medica relacionada con el Covid-19, es la Declaración universal sobre Bioética y Derechos Humanos de la UNESCO (octubre de 2005).

Captura de pantalla 2020-04-21 a la(s) 10.08.27
En la página oficial de la UNESCO se puede descargar la Declaración en formato pdf en varios idiomas.

En la Declaración destacan sobretodo los articulos 3 y 6 donde se especifica claramente que cualquier tipo de actuación médica o sanitaria necesita el CONSENTIMIENTO EXPRESO, previa información, del interesado de forma que no puede haber ningún tipo de imposición/obligación incluso aunque se utilicé la excusa de que es por un bien común o social.

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Por otro lado, es conveniente tener en cuenta la Convención de los Derechos Humanos y la Biomedicina de Oviedo (España) firmada en 1997. Son los principios establecidos, por la Convención Europea de los Derechos Humanos, en el campo de la Medicina y la Biología.

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* RECORDAD SIEMPRE QUE LOS DERECHOS NATURALES SOBERANOS ESTÁN POR ENCIMA DE CUALQUIER MEDIDA RESTRICTIVA, PUNITIVA o REPRESORA CREADA CON LA EXCUSA DE UN ESTADO DE EXCEPCIÓN, ALARMA Y DE CUALQUIER IMPOSICIÓN LEGAL/SOCIAL QUE SE INVENTEN. DIGAN LO QUE TE DIGAN.

* RECORDAD, Y ELLOS LO SABEN, NINGUN HOMBRE ESTÁ POR ENCIMA DE OTRO, NINGUNA LEY DEL HOMBRE PUEDE IMPONERSE A OTRO. LA LIBERTAD HUMANA ESTÁ POR ENCIMA DE LA LEY DE COMERCIO.

* Y RECORDAD, Y ANALIZAD, ESTA FRASE DEL FAMOSO BANQUERO J.P.MORGAN » NO QUIERO UN ABOGADO PARA QUE ME DIGA LO QUE NO PUEDO HACER; CONTRATO A UN ABOGADO PARA QUE ME DIGA CÓMO HACER LO QUE QUIERO HACER»…..

PERO EN ESTOS MOMENTOS ES CRUCIAL EMPEZAR A ACTUAR COMO NUESTOS PROPIOS ABOGADOS QUE CONOCEN SUS PROPIOS DERECHOS COMO SOBERANOS QUE SOMOS, Y SIEMPRE HEMOS SIDO.

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INFORMACIÓN ADICIONAL:

En el blog de «Resistencia contra la Violencia» podéis encontrar un estupendo y completo post sobre como oponerse, mediante documento legales, contra la vacunación obligatoria, así como información en general sobre las vacunas que ponen en duda su fiabilidad.

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Un abrazo a todos los soberan@s! Seguimos en la lucha !

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